En virtud a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la denuncia de Fraude Procesal y sus posteriores actuaciones no han tenido otro fin distinto al de resolver la controversia planteada formulada por la ciudadana: MARIAN LE BOULENGE MANRIQUE, contra el ciudadano MEDARDO VIVAS VANEGAS. Así se decide.-