En consecuencia, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: Prescrita la Acción Penal y en consecuencia decreta el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa, seguida a la adolescente (Identidad omitida Artículo 545 de la Lopna); por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana SANDRA YANETH RINCON DUARTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 561 literal d ejusdem, numeral 8vo del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y con el ordinal 3º del artículo 318 ejusdem. Notifíquese de la presente decisión a las partes y una vez firme la misma remítase las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
ABG. NINA YUDERKYS GUIRIGAY M.....