PARTE DISPOSITIVA
Por las razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud del interés superior del niño: DECLARA: PRIMERO: Con lugar la fijación de la obligación de manutención de la presente causa; SEGUNDO: De conformidad con el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, ESTE TRIBUNAL FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN EN LA SUMA DE: CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (BS. 4.500,00) MENSUALES, las cuales serán , depositados a la cuenta respectiva a nombre de la ciudadana YVETTE JOHANA RAMIREZ antes identificada del Banco Bicentenario; TERCERO: En el mes de Agosto el padre comprará útiles escolares para su hija, y la madre compra uniformes escolares, para su hija; CUARTO: En el mes de Diciembre el .....