Por todos los razonamientos de hecho y de derecho que fueran explanados en párrafos antecedentes este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando , Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
PRIMERO: Se declara  CON LUGAR la presente  demanda de DESALOJO, incoada por el ciudadano SAMUEL GABRIEL HERRERA BECERRA, venezolano, titulares de la cédula de identidad Nº  16.410.795, de éste domicilio,  Asistido por el abogado  LEONIDAS ALONSO BOSCAN DELGADO,  titular de la Cédula de Identidad Nº 2.550.544, Inpreabogado Nº 12.233, en  contra del ciudadano  WUILMER YSAIAS DUQUE ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.344.152, por haberse verificado la CONFESION FICTA, de conformidad con  lo pautado en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.  
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano WUIMER YSAIAS DUQUE ROSALES hacer entrega inmediata del Inmueble .....