En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NO. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:PRIMERO: SE ADMITE totalmente la acusación presentada por la Fiscalia Quinta Ministerio Público, en contra de los ciudadanos YOVANNY PEÑA ESTEBAN, de nacionalidad Venezolana, natural de el Piñal, Estado Táchira, de 22 años de edad, nacido el día 17-10-1984, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Reservista, Titular de la cedula de Identidad Nº V-18.641.578, y residenciado en San José, calle 0, Santa Bárbara de Barinas, Estado Barinas, y ENGELBERT OSCAR ZAMBRANO BOLAÑO