SE DECLARA CON LUGAR, la acción de Amparo constitucional interpuesta por el abogado Jesús David Pérez Morales, en su condición de agraviado, ante la violación actual del derecho a la tutela judicial efectiva y a la garantía del debido proceso, establecidos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por parte de la Juez accionada, en la causa distinguida con el N° 1C-5892-04, llevada por el Tribunal en Función de Control Número Uno de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: A los fines de restablecer la situación jurídica infringida se ORDENA a la Juez de la causa, aplicar de manera diligente los mecanismos necesarios establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal tendentes a lograr la comparecencia obligatoria de las partes, usando la fuerza pública si las circunstancias lo ameritan, para la realización efectiva de la audiencia oral respectiva, sin dilaciones indebidas y en el menor tiempo posible.