Primero: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Gonzalo Briceño, Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, contra la decisión dictada en fecha 13 de agosto de 2010, por el abogado Richard Enrique Hurtado Concha, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual condenó al acusado Adulfo Sánchez Torres, a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal.
Segundo: Confirma en todas y cada una de las partes la sentencia señalada en el punto anterior.