PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el recurso de nulidad absoluta, interpuesto por el COLEGIO DE MÉDICOS DEL ESTADO TÁCHIRA representado por los Abogados VALMORE RODRÍGUEZ PACHECO, MARÍA INÉS HIGUEREY CORTÉS, CARLOS MOROS PUESTES y DAYSA GABRIELA MEDINA PERNÍA, contra el Acto Administrativo Inquilinario por medio del cual la Alcaldía del Municipio San Cristóbal emitió la Resolución Nº 092, el día 8 de junio de 2006, que fija la renta o canon máximo de alquiler del inmueble ubicado en la Avenida Lucio Oquendo, Local Nº 2, Centro Comercial de Profesionales (frente al Hospital Central), en la cantidad de Ciento Cuarenta Mil Quinientos Siete Bolívares con Veinte Céntimos (Bs. 140.507,20).
En consecuencia, SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA del Acto Administrativo Inquilinario antes referido.
SEGUNDO: SE DESAPLICA por control difuso de la constitucionalidad el artículo 79 del Decreto Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
TERCERO: SE FIJA la renta o canon máximo de alquiler mensual del inmueble ubi.....