Vista la diligencia presentada en fecha 24 del presente mes y año, por la abogada BRENDA NIÑO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 83.779, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante BANFOANDES BANCO UNIVERSAL COMPAÑÍA ANONIMA, inserta al folio 34 del expediente No.12.155; mediante la solicita se dé por terminado el presente juicio, toda vez que la parte demandada canceló la totalidad de lo adeudado, consignando copia simple de Autorización, emitida por su mandante, a su decir donde consta la cancelación del demandado, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; así mismo se acuerda el desglose del instrumento fundamental de la acción inserto a los folios 16 y 17, y hacer entrega del original a la parte solicitante, dejando en su lugar copia fotostática certificada, para la rea.....