En razón de lo expuesto por las partes interesadas en el proceso y cumplidos como han sido los extremos de Ley, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo señalado en la sentencia de carácter vinculante de la Sala Constitucional del Máximo Tribunal que realiza una interpretación constitucional del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los GIOVANNI FIORE BORRERO Y MARÍA MAGDALENA CHACÓN DE FIORE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.096.961 y V-9.340.198, respectivamente, cónyuges entre sí domiciliados en San Juan de Colon, municipio Ayacucho del estado Táchira, legalmente asistidos por la Abogada en Ejercicio MARIANGEL DEL CARMEN NAVARRO BORJAS, inscrita en el Inprea.....