1.- SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, y en consecuencia declara: EXTINGUIDO el proceso incoado por el ciudadano JOSÉ MARIA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 9.230.945, en su carácter de Director Gerente de la de la Sociedad Mercantil TIPOGRAFIA RODRIGOCOLOR, S.R.L. 2.- NOTIFÍQUESE AL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. La notificación