En fecha 19 de septiembre de 2013, comparecieron los ciudadanos: YUSLENI JURADO BELLO y WUILSON FERNÁNDEZ CABALLERO, parte demandante y demandada; quienes convinieron en la fijación del monto de la obligación de manutención, para: S.A. y W.S.F.J., forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 19 de septiembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente