este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano RICHARD ALEXANDER GARBOZO MÁRQUEZ, como autor en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE DINERO PROVENIENTE DEL DELITO DE HURTO INFORMATICO, previsto y sancionado en el artículo 470 primer aparte del Código Penal, en concordancia con el artículo 13 de la Ley Especial contra los delitos informáticos, en perjuicio de la Estación de Servicio San Miguel y Estación de servicio Lago España.