Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, LE IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO realizado por la ciudadana FABIOLA AREVAVLO ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.709.372, debidamente asistida por la abogada ELSA LOURDES MORENO RAMIREZ, parte demandante en la presente causa, otorgándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia se da por terminada la presente causa, se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 21 de octubre de 2005, y la medida de embargo ejecutivo decretada en fecha 20 de enero de 2006 y ejecutada en fecha 07 de marzo de 2006. Ofíciese lo conducente a los fines del levantamiento de las medidas. Se ordena el archivo del expediente.