...Como corolario de lo anterior, se evidencia en forma clara que la Parte Actora Demandante del Deslinde Judicial, no dio fiel cumplimiento con lo establecido en el Artículo 720 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a indicar los puntos por donde a su juicio deba pasar la línea divisoria, contrariándose en consecuencia una disposición expresa de la Ley, por lo que forzoso resulta para este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, sobre las motivaciones expuestas, garantizando la Tutela Judicial Efectiva y el Debido Proceso, consagrados en su orden en los Artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, el declarar Inadmisible la Demanda de Deslinde Judicial de Propiedades Contiguas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, presentada por el ciudadano JUAN GUILLERMO THOMAS NAVARRO, asistido por los profesionales del derecho RAUL ANDRES ROA VO.....