PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano ARCANGEL MORA en contra de la ciudadana ANA RAMONA MEJIAS RUIZ, ambos plenamente identificados al inicio de esta sentencia.
SEGUNDO: SE DECLARA LA EXISTENCIA DE COMUNIDAD entre los ciudadanos ARCANGEL MORA y ANA RAMONA MEJIAS RUIZ, sobre el siguiente inmueble: ubicada en la vereda 06, No. 03, urbanización "El Diamante II" de la Población de Santa Ana Municipio Córdoba del Estado Táchira, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con propiedades del Ciudadano Martín Roa; SUR: Con propiedades del ciudadano Alfonso Parra Quintero; ESTE: Con la Vereda 6 y OESTE: Con propiedades del Ciudadano Alejandro Villamizar; construida en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda que mide siete metros (7 mts) de frente por trece metros (13 mts) de fondo, adquirido documento, registrada por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Autónomo Córdoba del estado Táchira, bajo el No. 04, folios 11 al 14, .....