PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 12 de febrero de 2007 por el ciudadano ELEOMAR ENRIQUE UGUETO CHACÓN en su condición de parte querellada, asistido por el abogado DOMINGO ANTONIO GARCÍA CARRERO, contra la decisión dictada en acta de fecha 19 de enero de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en acta de fecha 19 de enero de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que prohibió la continuación de la obra nueva.
TERCERO: Se condena en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 281 de Código de Procedimiento Civil a la parte querellada y apelante.