V
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA opuesta por los ciudadanos Nelson Alexander Castillo Díaz y Neida Margarita Castillo Díaz, asistidos por el abogado Hugo Orlando Garmendia Arellano, contenida en el artículo 346 ordinal 9º del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, el acto de contestación de la demanda, se verificará de conformidad a lo previsto en ordinal 4º del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.