Vista la transacción estampada por los ciudadanos: YENNY YEXZENIA GUERRA MÉNDEZ, apoderada judicial de la parte demandante y la ciudadana RUTH NARVÁEZ DÍAZ, parte demandada, asistida por la abogada MAYLE MOLINA RUJANO, mediante la cual expusieron poner fin al presente litigio de acuerdo al artículo 256 de Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte homologación al acta de fecha 24 de Enero de 2013