Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La falta de jurisdicción frente a la Inspectoría del Trabajo "General Cipriano Castro", en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, para conocer la presente demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS interpuesta por la ciudadana LOURDES CAROLINA PINEDA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.219.677, contra la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO TÁCHIRA, en la persona de su Presidente LUCILA AGUILAR SUAREZ.
SEGUNDO: Se ordena remitir el expediente a la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de su consulta de conformidad con el artículo 62 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: N.....