este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 03 de agosto de 2006. Notifíquese lo conducente al Registrador Inmobiliario Jurisdiccional. Hecho lo cual, se declara terminada la presente causa y se ordena el archivo del Expediente