este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se establece la cuota de la obligación de manutención en la suma de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) quincenal, para un total de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) mensual.
SEGUNDO: En el mes de agosto el padre comprará los útiles y la madre los uniformes escolares.
TERCERO: En el mes de diciembre los gastos navideños (ropa, calzado y obsequio), le corresponderá a cada uno el 50% de los gastos.
CUARTO: En cuanto a gastos médicos, medicinas y vestido o cualquier otro gasto adicional, será en igualdad de condiciones, es decir el 50% cada uno.
QUINTO: Se aumentará proporcionalmente en un 20%, m.....