De conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, así como por los demás fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales ya expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Inadmisible la Demanda que por Desalojo, fue incoada por los ciudadanos MARIA FRANCISCA LAVIN NIETO DE CARDENAS; FELIX MANUEL NIETO; JOSEFA ANTONIA NIETO DE GONZALEZ; ELCIDA AURORA CARDENAS; MARIA TERESA CARDENAS NIETO; SULMA CLEOTILDE NIETO; YUDI ESPERANZA NIETO y MARIA FRECINDA CARDENAS, representados por el abogado en ejercicio DOUGLAS RODOLFO POVEDA; en contra del ciudadano MIGUEL HUMBERTO DIAZ, representado por las profesionales del derecho GLORIA AURORA DUARTE DE CASTIBLANCO y LUZ MAYERLIN CASTIBLANCO DUARTE. Todos suficientemente identificados.....