Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
Primero: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, en contra del ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA)); a quien el Ministerio Público le imputa la presunta comisión del Delito de: INCENDIO DE VEGETACION NATURAL, previsto en el artículo 50 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el literal "a" del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Segundo: Declara con lugar el procedimiento por admisión de los hechos, de conformidad con el literal "f" del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del A.....