En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, da por DESISTIDO el recurso de apelación, y homologa dicho desistimiento, dándole autoridad de cosa juzgada y ordena remitir las actuaciones al tribunal de origen a los fines legales consiguientes. Publíquese y notifíquese.