"...PRIMERO: El ciudadano José Albarran, propone entregar la cantidad de Bs. 800,oo mensuales en beneficio de su prenombrado hijo, por Obligación de Manutención depositado en la cuenta que este Tribunal ordene aperturar, de la siguiente manera: Bs. 400,oo los días 18 de cada mes y los otros Bs. 400,oo los días 03 de cada mes. SEGUNDO: Los gastos extraordinarios serán compartidos, es decir, 50% para cada uno. TERCERO: El Régimen de Convivencia será de mutuo acuerdo. CUARTO: La ciudadana YERAIMA CONTRERAS PABON así lo acepta y Ambas partes solicitan se homologue el presente convenimiento"
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN,.."