este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a la ciudadana RAQUEL VICTORINA DELGADO DE CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.042.714, y los ciudadanos JIMMY ALEXANDER y JULIAN ANIBAL CARRERO DELGADO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de identidad N° V- 14.179.925, 15.856.872, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano CARRERO ROA MIGUEL ANGEL, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad Nº V- 170.528, en su Condición de esposa e hijos. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el .....