PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la representación de la parte demandada.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 24 de enero de 2007. En consecuencia: se NIEGA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, solicitada por el abogado GUIDO JOSÉ GÓNZALEZ GUERRERO.