PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCENDETE por extemporánea la impugnación del poder apud acta conferido por el ciudadano ASCENCION BECERRA CASTRO, a los abogados JESUS ANTONIO MELO RODRIGUEZ y EFRAIN JOSE RODRIGUEZ GOMEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 10.962 y 28.204 respectivamente.
SEGUNDO: SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por la parte demandada ciudadano EDGAR MAURICIO ROMERO CAMPUZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E.-84.314.012 y domiciliado en el sector Agua Blanca, Municipio Capacho Viejo, estado Táchira, relativas con el defecto de forma de la demanda prevista en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento .....