PRIMERO: APRUEBA EL ACUERDO CONCILIATORIO propuesto en la presente audiencia por la adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), a la víctima la adolescente AGRC, en los siguientes términos: La adolescente DKP pidió disculpas públicas a la víctima la adolescente AGRC, las cuales se materializaron en la Sala de Audiencias de este Tribunal de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, con la promesa de no volver a agredirla ni física, ni verbalmente; además asumió el compromiso de asistir a las dos (02) charlas de orientación de la conducta por ante las especialistas adscritas a los Servicios Auxiliares de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal; por cuanto se verificó el consentimiento libre y voluntario de ambas partes de conciliar; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 564 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo establecido en el artículo 565 Ejusdem.
SEGUNDO.....