´Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos NESTOR YOWANI ESCALANTE ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.513.114, y EDDY HERMELINA RINCON DE ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.194.549, de acuerdo con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en los términos señalados en la sentencia No. 693 del 02/06/2015 y Sentencia No. 1070, del 09/12/2016.
En consecuencia, QUEDA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 03/06/1989 entre los ciudadanos antes mencionados, por ante el Registro Civil del Municipio Pedro Maria Ureña del estado Táchira, según Acta de Matrimonio No.65.
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