este JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en aras de procurar la estabilidad del presente juicio, salvaguardar el derecho del debido proceso, el derecho a la defensa del demandado, y no causar un estado de indefensión a la parte demandada REPONE LA CAUSA al estado que el demandado de contestación a la demanda, debidamente asistido por abogado en ejercicio.