En consecuencia de lo expuesto anteriormente, esta Jueza Temporal Nº 04 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos: EUDES SANTIAGO AGUILAR AGUILAR y ARGELIA MARINA LIENDO ZAMBRANO ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos, según consta en Acta de Matrimonio Nº 06 de fecha 12 de Diciembre de 1997, por ante el Juzgado de los Municipios Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Y ASI SE DECIDE.
En relación a: EUDIMAR DEL VALLE y EORY DANIELA, la Patria Potestad, la Guarda y Custodia, la Obligación Alimentaria y el Régimen de Visitas, se regirá por lo estipulado por la partes en el e.....