En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por la ciudadana BLANCA ROSA PATIÑO de GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.636.542, actuando en nombre y representación de los ciudadanos MARÍA JORGELINA GÓMEZ de PÉREZ, RITA ELENA GÓMEZ de GUZMAN, FAVIO RAMÓN, ANA DOLORES, GERVASIO ARIOSTO, DAVID y JOSÉ ANTONIO GÓMEZ PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.794.965, 6.082.242, 5.025.834, 6.082.241, 5.644.156, 5.649.314 y 6.062.018, respectivamente, de este domicilio, bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de la municipalidad, según contrato de arrendamiento N° 9369, signado bajo el N° catastral 02-05-090-005, consistente en mejoras consistentes de 03 habitaciones, sala ¿ comedor, cocina, 2 baños, techo de acerolic, paredes.....