1. DECLARA CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto por la abogada GILHDA ROSA PEÑA ORTIZ, con el carácter de defensora del penado CARRILLO PARRA RUBEN DARIO.
2. SE REBAJA en cinco (05) años, dos (02) meses y doce (12) días la pena que le fuera impuesta al penado CARRILLO PARRA RUBEN DARIO, contra la sentencia definitiva y firme que fuera dictada el 23 de julio de 2004, por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual fue condenado el mencionado ciudadano a cumplir la pena de catorce (14) años de prisión al ser declarado culpable de la comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en los artículos 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (ya derogada); pena que en definitiva le queda en ocho (08) años, nueve (09) y dieciocho (18) días de prisión, en virtud de la reciente promulgación de la nueva Ley Orgánica Contra el .....