DECISION
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, decide:
UNICO: ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Erick Lorenzo Pérez Sarmiento, en carácter de Apoderado Judicial del ciudadano PEDRO GONZALO GUERRERO CADAVID, en la cual denuncia la violación del articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relacionada con la tutela judicial efectiva, en virtud de haber pasado casi dos años del pronunciamiento mandatario contenido en la Sentencia N° 1218 de la Sala Constitucional del TSJ, sin que está haya sido cumplida por el Juzgado Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal, desvirtuándose el principio de justicia oportuna y sin dilaciones a que se refiere la mencionada norma constitucional. En segundo lugar alega la violación .....