Se deja sin efecto la orden de captura realizada en fecha 21 de junio de 2018 mediante oficio signado con el N° 2C-1416-2018, ratificada en fecha 7 de enero de 2019 mediante oficio signado con el N° 2C-0101-2019.
Se amplia el plazo de la suspensión condicional del proceso por un (01) año, al imputado Armando José Díaz Ferrer, quien deberá obligatoriamente cumplir con las siguientes obligaciones: "1.- Asistir a la Unidad Técnica de Apoyo para que se le designe un delegado de prueba, debiendo el acusado presentarse UNA (01) vez por ante dicha Unidad, para que se le designe un delegado de prueba, debiendo el acusado cumplir solo con una (01) PRESENTACION por ante dicha Unidad. 2.- Someterse al proceso. 3 Cumplir con DOS (02) presentaciones ante la oficina de Alguacilazgo. Y, 4.- Obligación de asistir a la Audiencia de Verificación de condiciones en fecha 22-07-2020 a las nueve (09:00) horas de la mañana para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas, las cuales .....