este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION la suma de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) quincenales, los días 12 y 27 de cada mes, para un total de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00) MENSUALES
SEGUNDO: En el mes de SEPTIEMBRE el padre se compromete a comprar los uniformes a los dos (02) hijos mayores y/a los dos (2) menores útiles y la madre se compromete para los dos mayores la compra de los útiles escolares y a los dos (2) menores la compra de los uniformes.
TERCERO: En el mes de DICIEMBRE, ambos padres dotaran a los cuatro niños de zapatos, .....