En razón de lo expuesto por las partes interesadas el proceso y cumplidos como han sido los extremos de Ley, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por RUPTURA PROLONGADA de los Ciudadanos: JOSE FRANCISCO GUTIERREZ ANGULO Y MARIA NANCY SOGAMOSO DUARTE, antes identificados. En consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día Trece (13) de Noviembre de1.987, por ante la Primera Autoridad Civil de Municipio Monseñor Bernabe Vivas, del entonces Distrito Cordoba, hoy en dia municipio Cordoba del Estado Tachira, según Acta de Matrimonio Nº 61.