. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Igualmente se deja constancia de la entrega de las pruebas presentadas por ambas partes al inicio de la Audiencia Preliminar, de la siguiente manera: A la parte demandante escrito de pruebas constante de siete (07) folios útiles y 8 anexos, la parte codemandada HALIN HAMED, EVA NILDA ABU HAMED escrito de pruebas constante de dos (02) folios útiles y 3 anexos, la parte codemandada CORPORACIÓN LA NONA C.A escrito de prueba constante de tres (03) folios útiles y 5 anexos, los codemandados PEDRO JOSÉ TREJO MALDONADO y la empresa LOTERIAS NANA C.A. un sólo escrito de prueba constante de dos (02) folios útiles y 25 anexos. No se ordena el archivo del expediente hasta que no conste en autos la cancelación de la s.....