PARTE DISPOSITIVA
Por la motivación antes expuesta este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano AMBROSIO JOSE ROSALES RAMIREZ en contra de la sociedad mercantil C.A. CERVECERIA REGIONAL por cobro de comisiones retenidas.
SEGUNDO: SE CONDENA a la sociedad mercantil C.A. CERVECERIA REGIONAL a pagar al demandante la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.11.245,00.) por cobro de comisiones retenidas.
TERCERO: a) La indexación o corrección monetaria sobre las comisiones retenidas en el presente proceso, serán calculados por un único experto desde la fecha de notificación de la demanda, es decir, desde el día 19/01/2015, hasta que la presente decisión quede definitivamente f.....