este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ANTONIO MARÍA HERNÁNDEZ VEGA venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.225.456 en contra de la ciudadana MARÍA ANEMIR PORRAS DE ADARMES venezolana, titular de la cédula de identidad N° 5.024.898 por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, en consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en todas y cada y una de las partes el contenido y firma del Instrumento Privado objeto del presente litigio. Asimismo, este Tribunal acuerda expedir por secretaría las Copias Certificadas y entréguesele a la interesado. Igualmente, este Tribunal ordena la devolución del documento original el cual corre inserto al folio dos (02) del presente expediente. Quedan a salvo los derechos de terceros, si hubiere lugar a ello. Publíquese, Re.....