PRIMERO: IMPROCEDENTE LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana MARÍA DE JESÚS MATHEUS DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 1.422.475 y domiciliada en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, por no encontrarse llenos los extremos del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana KARLA BETHZABE VENTO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.869.768 y domiciliada en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, contra la ciudadana MARÍA DE JESÚS MATHEUS DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 1.422.475 y domiciliada en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.