PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano JESUS ALBERTO ROMERO SUAREZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.259.152, domiciliado en Coloncito Municipio Panamericano del Estado Táchira, en contra del ciudadano MARTIN NIÑO QUEVEDO, venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad Nº 9.343.050, domiciliado en el Municipio García de Hevia del Estado Táchira, por Cobro de Bolívares por accidente de tránsito.
SEGUNDO: SE DECLARA LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, MARTIN NIÑO QUEVEDO, ya identificado, en la causa incoada en su contra de Cobro de Bolívares por accidente de Tránsito.
TERCERO: SE CONDENA al ciudadano MARTIN NIÑO QUEVEDO, al pago de la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 54.600,00) por concepto de los daños ocasionados en el Accidente de Tránsito.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado vencida en la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo .....