CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de aumento de la Obligación Alimentaria presentada por la ciudadana: EDILIA TORRES CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.226.837, para sus hijos: EMERSON ASAEL e ISNARDO REYMAR RAMÍREZ TORRES, y decide:
PRIMERO: Se establece como nuevo monto de la Obligación Alimentaria la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 350.000.00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 700.000.00) para el mes de agosto de cada año, para cubrir gastos de útiles y uniformes escolares.
TERCERO: Se establece la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 700.000.00) para el mes de diciembre de cada año, para .....