este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO NUEVE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:
PRIMERO: SE DESESTIMA LA CALIFICACION DE FLAGRANCIA en la aprehensión de la imputada ADRIANA BEATRIZ VEZGA ARIAS, Venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, Titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 16.777.490, de 22 años de edad, nacido en fecha 16-10-1984, soltera, semanera, hija de Beatriz Arias (v) y de Rafael Vezga (v), residenciada en Sabaneta, vía el Llano, diagonal a la escuela Cristóbal, Mendoza, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, por estar satisfechos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Proce.....