DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la acumulación por conexión de causas decretada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dado el carácter del fallo.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y en su oportunidad legal bájese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Estado Táchira, en San Cristóbal a los veinte (20) días del mes de junio del año dos mil veintitrés. Años .....