Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE JURISDICCION solicitada para conocer y tramitar la presente demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales intentada por los ciudadanos FANNY GUERRERO BUSTAMANTE, ÁNGEL CHACÓN MORALES Y YELITZA COLMENARES MÁRQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad, Nros. V-10.146.951, V.-9.237.989 y V.-10.166.353 respectivamente, contra la empresa SEGUROS LOS ANDES C.A. representada por los miembros de la Junta Interventora ciudadanos MARÍA ISABEL DELFIN LARA, RICARDO MENDOZA LARA Y VICZU VANESSA HERRERA.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE SUSPENSION DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO y en consecuencia suspendido el presente proceso .....