JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 20 de Mayo de 2024.
214° y 165°
Visto el escrito de fecha 09 de mayo de 2024, presentado por los abogados Aida Fabiana Reyes de Paolini, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 42.808, actuando como apoderada judicial del ciudadano Gustavo Vera Portilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.663.627, parte actora de la presente causa y la abogada Yuleisy Andrea Cárdenas Soto, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 297.609, actuando en nombre y representación de la Sociedad Anónima OSIRIS, C.A (Manufacturas Químico Industriales), parte demandada de la presente causa, contentivo de la TRANSACCIÓN celebrada entre ellos;
Resulta oportuno traer a colación criterio plasmado por el autor Marcos J. Solís en su obra "Consideraciones Jurídicas de la Jurisdicción Voluntaria", reproduciendo el criterio de otros autores y el propio.....