DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los cónyuges: LUIS ENRIQUE QUIROZ CONTRERAS Y MARIA DEL CARMEN CHACÓN DE QUIROZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.079.791 y V-4.631.127 respectivamente y domiciliados en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira; de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira, en fecha 28 de abril de 1966.